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El Banco Central advirtió a la Ciudad que no puede aplicar impuestos sobre las Leliq

El titular del Banco Central le recordó a Rodríguez Larreta que la potestad de la Ciudad para definir instrumentos de recaudación «no es ilimitada».

El Banco Central advirtió a la Ciudad que no puede aplicar impuestos sobre las Leliq

El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, pidió este viernes al jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, que desista de la intención de aplicar un impuesto a un instrumento de política monetaria, como las Letras de Liquidez (Leliq).

En una carta, Pesce le señaló a Rodríguez Larreta que las Leliqs están destinadas a “lograr la estabilidad monetaria, financiera y cambiaria”, y le recordó que la Corte Suprema de Justicia “tiene jurisprudencia sobre la imposibilidad de los distritos de avanzar sobre las regulaciones del BCRA.

“Me encuentro en la necesidad de solicitarle tenga a bien arbitrar las medidas necesarias a fin de evitar que se efectivicen acciones de carácter tributario que distorsionan las políticas que lleva adelante el Banco Central de la República Argentina, mediante la implementación de los instrumentos que se encuentran legalmente previstos con la finalidad de lograr la estabilidad monetaria, financiera y cambiaria, que, conforme el artículo 3 de su Carta Orgánica, se erigen como premisas básicas de sus funciones y finalidad”, señaló el titular del ente monetario.

Pesce se refirió de esta forma al proyecto de Presupuesto 2021 que el Gobierno porteño envió a la Legislatura, que contempla la creación de un gravamen del 7% a las Leliq que recortaría la rentabilidad de los bancos y afectaría a los ahorristas.

El titular de la Autoridad Monetaria le recordó además a Rodríguez Larreta que «las facultades de la Ciudad en materia de generación de recursos, en modo alguno deben ser consideradas como ilimitadas” y señaló que “el diseño tributario, y la ulterior ejecución de las disposiciones que resulten finalmente aprobadas, imponen la insoslayable necesidad de no afectar el ejercicio de las finalidades y funciones que han sido atribuidas al Banco Central de la República Argentina en los aspectos referenciados”.

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